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Cómo Ajustar Su Estatus en los EE.UU.: Superando la Inelegibilidad para el Ajuste de Estatus con las Excepciones de INA 245(i) y 245(c)

Actualizado: 25 oct


Oficial de USCIS revisando documentos con un solicitante en un entorno oficial, simbolizando el proceso de entrevista de inmigración para el ajuste de estatus.
Un oficial de inmigración revisa documentos con un solicitante, simbolizando el papel crucial de la preparación minuciosa y el profesionalismo para asegurar un ajuste de estatus exitoso.

Introducción: Para muchas personas que viven en los EE. UU. sin estatus legal, el sueño de convertirse en residente permanente legal puede parecer inalcanzable. Sin embargo, el Ajuste de Estatus (AOS) bajo INA 245(a) proporciona un camino para obtener una tarjeta verde sin necesidad de salir de los EE. UU. Este artículo explicará los requisitos básicos para AOS y abordará los problemas comunes de inelegibilidad, como la entrada no autorizada o quedarse más allá de la duración de la visa, y cómo las excepciones bajo INA 245(i) y 245(c) pueden ofrecer una solución para muchas personas.


Requisitos Generales para el Ajuste de Estatus Bajo INA 245(a):


Para calificar para el Ajuste de Estatus bajo INA 245(a), un solicitante generalmente debe cumplir con los siguientes criterios:

  • Entrada Legal: El solicitante debe haber ingresado a los EE. UU. legalmente, lo que significa que fue inspeccionado y admitido o autorizado bajo "parole" en un puerto de entrada de EE. UU.

  • Categoría Elegible: El solicitante debe tener una relación que lo califique (como ser cónyuge, hijo o padre de un ciudadano estadounidense) o un patrocinio válido basado en empleo.

  • Presencia Física: El solicitante debe estar físicamente presente en los EE. UU. al momento de presentar la solicitud de AOS.

  • Disponibilidad de Visa: Debe haber una visa de inmigrante disponible inmediatamente al momento de presentar la solicitud.

Una vez que se cumplan estos requisitos, el solicitante puede presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus. Sin embargo, no todos califican para AOS, especialmente si ingresaron a los EE. UU. sin inspección o si cayeron en un estatus migratorio ilegal.


Excepciones para el Ajuste de Estatus bajo las leyes INA 245(i) y 245(c).


Inelegibilidad Bajo INA 245(c):


Bajo INA 245(c), ciertos individuos están prohibidos de ajustar su estatus si han cometido violaciones específicas de inmigración. Estas incluyen:

  • Ingresar a los EE. UU. sin inspección (también conocido como EWI).

  • No mantener un estatus migratorio legal (por ejemplo, quedarse más allá de la duración de una visa).

  • Participar en empleo no autorizado mientras se encontraba en los EE. UU.

Para muchos, estas barreras parecen ser el final del camino, pero existen excepciones que permiten que las personas ajusten su estatus a pesar de estos factores de inelegibilidad.


Excepción a INA 245(c) para Parientes Inmediatos:


Una excepción clave a INA 245(c) existe para los parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses, como cónyuges, hijos (menores de 21 años) de padres ciudadanos estadounidenses, o padres de hijos ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años. Si cae en una de estas categorías, aún puede ajustar su estatus si fue inspeccionado y admitido en los EE. UU.

Por ejemplo, si está casado con un ciudadano estadounidense y fue inspeccionado y admitido, aún puede solicitar AOS a través de esta excepción, independientemente de su estatus legal actual, siempre que tenga una relación familiar calificada.

Bajo la ley de inmigración de EE. UU., "inspeccionado y admitido" se refiere al proceso mediante el cual un no ciudadano ingresa a los Estados Unidos a través de un punto de entrada legal. Aquí está el desglose de cada término:

  • Inspeccionado: Esto significa que el individuo es revisado por un oficial de U.S. Customs and Border Protection (CBP) en un puerto de entrada (como un aeropuerto o cruce fronterizo terrestre). El oficial examina los documentos del individuo, hace preguntas sobre su propósito de entrada y determina si es elegible para ingresar a los EE. UU.

  • Admitido: Después de la inspección, si el oficial de CBP determina que el individuo es elegible para ingresar a los EE. UU., es "admitido" en el país. El oficial le otorga permiso para ingresar, ya sea de manera temporal (para no inmigrantes) o como residente permanente (para inmigrantes).


En la ley de inmigración de EE. UU., "parole" se refiere al permiso temporal otorgado a un no ciudadano para ingresar o permanecer en los Estados Unidos sin ser admitido formalmente. A diferencia de ser "inspeccionado y admitido" en un puerto de entrada, el parole no constituye una admisión legal en los EE. UU. En cambio, permite que el individuo entre o permanezca físicamente en el país bajo condiciones específicas y por un tiempo limitado, sin otorgarles el estatus de entrada legal completa.


Ejemplo: Carlos ingresó a los EE. UU. con inspección hace varios años. Ahora está casado con una ciudadana estadounidense, aunque Carlos no está viviendo con un estatus legal. Bajo INA 245(c), normalmente estaría impedido de ajustar su estatus. Sin embargo, como cónyuge de un ciudadano estadounidense, califica para la excepción y puede proceder a solicitar su tarjeta verde mediante el Ajuste de Estatus.


INA 245(i): El Salvavida para Aquellos que No Califican para las Excepciones de 245(c)


Si no califica para la excepción de INA 245(c), aún puede ajustar su estatus a través de INA 245(i). Esta sección permite que las personas que ingresaron a los EE. UU. sin inspección o que están fuera de estatus soliciten el ajuste de estatus, siempre que cumplan con ciertos requisitos.


Para calificar bajo INA 245(i), debe cumplir con los siguientes criterios:

  1. Una Petición de Inmigrante o Certificación Laboral Presentada en o Antes del 30 de Abril de 2001: Debe haber tenido una petición de inmigrante (como el Formulario I-130 o I-140) o una certificación laboral (también conocida como PERM) presentada en su nombre antes de esta fecha.

    • Peticiones Basadas en la Familia (Formulario I-130): Presentada por un ciudadano estadounidense o residente permanente legal en nombre de un familiar.

    • Peticiones Basadas en el Empleo (Formulario I-140): Presentada por un empleador en nombre de un trabajador.

    • Certificación Laboral (PERM): Presentada por un empleador de EE. UU. para certificar que no hay trabajadores disponibles en EE. UU. para un puesto específico.

  2. Presencia Física el 21 de Diciembre de 2000: Si su petición o certificación laboral se presentó entre el 14 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001, debe demostrar que estaba físicamente presente en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000.


Aquellos que califiquen bajo INA 245(i) deben pagar una multa de $1,000, pero pueden ajustar su estatus sin salir de los EE. UU., incluso si ingresaron sin inspección o violaron los términos de su visa.


Ejemplo: María ingresó a los EE. UU. sin inspección en 1999. Su empleador presentó una certificación laboral para ella en 2000. Dado que la certificación laboral se presentó antes del 30 de abril de 2001 y María estaba físicamente presente en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000, califica para AOS bajo INA 245(i) pagando la multa.


Pasos para Solicitar el Ajuste de Estatus:


  1. Determine su Elegibilidad: ¿Es un pariente inmediato de un ciudadano estadounidense (calificando para la excepción de INA 245(c)), con una entrada legal a los EE.UU., o tiene una petición antigua que califica bajo INA 245(i)?

  2. Presente el Formulario I-130 (Petición Familiar): Este formulario establece la relación familiar entre usted y su familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal.

  3. Presente el Formulario I-485 (Solicitud de Ajuste de Estatus): Después de que se presente su petición familiar y una visa de inmigrante esté disponible, puede presentar el Formulario I-485 para comenzar el proceso de AOS.

  4. Asista a la Cita Biométrica y la Entrevista: USCIS recopilará sus huellas digitales, y es posible que se requiera que asista a una entrevista.

  5. Reciba la Decisión de su Tarjeta Verde: Si se aprueba, recibirá su tarjeta verde, lo que le permitirá residir y trabajar legalmente en los EE. UU.


Cómo Puede Ayudar Barrera Legal Group:

Navegar el proceso de Ajuste de Estatus puede ser complejo, especialmente si enfrenta barreras bajo INA 245(c) o está tratando de calificar bajo INA 245(i). En Barrera Legal Group, tenemos una amplia experiencia guiando a nuestros clientes a través de estos desafíos y ayudándolos a obtener el estatus legal en los EE. UU.


Conclusión: Si estás viviendo en los EE. UU. sin estatus legal pero tienes un cónyuge ciudadano estadounidense u otro familiar que califique, aún puedes tener opciones para ajustar tu estatus. Ya sea que califiques bajo INA 245(c) o 245(i), nuestro equipo en Barrera Legal Group está aquí para ayudarte a navegar el proceso y lograr tu objetivo de obtener la residencia legal. Contáctanos hoy mismo para programar una consulta y explorar tus opciones.

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